viernes, 10 de enero de 2014

Aprobado el decreto que regula el procedimiento de habilitación de conductor transporte sanitario por carretera

Logroño 

El Consejo de Gobierno ha aprobado, en su reunión semanal de hoy, el decreto que regula el procedimiento para que los conductores de vehículos de transporte sanitario por carretera puedan obtener la habilitación para ejercer como tales, de acuerdo a los requisitos incluidos en la última normativa nacional, según ha informado el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.

En concreto, ha explicado que se trata de adaptar la normativa regional al Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, que establece las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación del personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera y que atribuye a las comunidades autónomas la competencia de emitir los certificados de habilitación para ocupar estos puestos.

El Real Decreto, que se redactó buscando incrementar el nivel de cualificación de los trabajadores del sector, exige que para que una persona sea habilitada como conductor de transporte sanitario debe disponer del título Técnico en Emergencias Sanitarias o el certificado de profesionalidad de transporte sanitario.

Sin embargo, distingue la habilitación para las plazas vacantes y de nueva creación de la habilitación de trabajadores experimentados que no ostenten la formación requerida. Por eso, el decreto aprobado hoy pretende regular el procedimiento de habilitación para trabajadores experimentados que sin tener los títulos requeridos pueden acreditar de forma fehaciente experiencia laboral realizando las funciones propias de conductores o de ayudantes de ambulancias no asistenciales y asistenciales.

ACREDITACIONES

En concreto, conductores y ayudantes de ambulancia no asistenciales de clases A1 y A2 deberán acreditar haber prestado estos servicios durante más de tres años en los últimos seis con anterioridad al 9 de junio de 2012. Por su parte, los conductores y ayudantes de ambulancia asistenciales de clases B y C deberán acreditar más de cinco años de experiencia en los últimos ocho años con anterioridad al 9 de junio de 2012. La norma especifica la documentación que deberán entregar a la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como los impresos correspondientes.

También regula el procedimiento para obtener el certificado de habilitación a través de los títulos formativos y la creación de un registro regional de conductores habilitados para el transporte sanitario por carretera.

Del Río ha señalado que este Decreto puede afectar a 200 personas en La Rioja, de los que 140 trabajan de manera habitual. Ha indicado que se cuenta con 55 ambulancias, existiendo otras 5 de reserva, que el año pasado hicieron 247.000 servicios en el caso de los Servicios de Emergencia Vital Básico y Avanzado, mientras que las no asistenciales realizaron 114.537 servicios.


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